Una circular interpretativa para establecer las principales directrices, principios y buenas prácticas aplicables a la publicidad nativa y a los influencers, dictó el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).
La circular establece que la responsabilidad civil e infraccional en caso de incumplimientos a la Ley del Consumidor en términos publicitarios recae sobre la empresa anunciante.
El documento determinó que, en el caso de los influencers, estos serán responsables por infracciones a la Ley del Consumir cuando sean ellos quienes comercialicen y ofrezcan sus propios productos o servicios, es decir, en aquellos casos que actúen en calidad de proveedores anunciantes.
El Sernac apunta a promover buenas prácticas para que, tanto empresas como influencers, identifiquen de manera clara y destacada el contenido publicitario, expliciten el vínculo entre el anunciante y el influencer, así como la necesidad de que se exponga claramente las características del producto.
Entre las buenas prácticas que el Sernac busca fomentar, también menciona la no promoción de estereotipos y la no difusión de productos que puedan afectar la salud.
Asimismo, la circular hace referencia al necesario resguardo del contenido publicitario dirigido a niños y adolescentes, atendiendo al grado de madurez y desarrollo del público objetivo del mensaje, pues muchas veces, este grupo etario accede a redes sociales sin el control directo de sus padres.
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